- Version
- v1
- Modality
SOLO VERI*FACTU- Signed
- Coslada (Madrid), España — 2026-08-08
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Declaración responsable del sistema informático de facturación «ERPlora Hub» — v1
Artículo 13 del Reglamento (RD 1007/2023, texto consolidado a 03/12/2025) — declaración responsable de la persona o entidad productora del sistema informático de facturación.
1. Declarante (productor del sistema)
| Dato | Valor |
|---|---|
| Razón social | ERPLORA CLOUD SL |
| NIF | B27593136 |
| Domicilio | Avda. de Lisboa, 17, 2º C — 28822 Coslada (Madrid), España |
| Condición | Productora del sistema informático de facturación descrito en el apartado 2 |
2. Identificación del sistema informático
| Campo | Valor |
|---|---|
| Denominación comercial | ERPlora Hub |
NombreSistemaInformatico (registro de facturación) |
ERPlora Hub |
IdSistemaInformatico (registro de facturación) |
EC |
NombreRazon / NIF del productor en el registro |
ERPLORA CLOUD SL / B27593136 |
NumeroInstalacion |
El identificador único de cada instalación (hub_id, UUID v4). Cada instalación es un sistema informático distinto, con su propia cadena de registros. |
Version |
La declara cada instalación: es la versión del binario que ejecuta. Esta declaración responsable ampara la versión del producto indicada en el apartado 8. |
El
IdSistemaInformaticoes un código de dos posiciones que asigna el propio fabricante a su producto (FAQ de desarrolladores de la AEAT, §4). No lo otorga ni lo registra la Administración.
3. Modalidad declarada
| Campo | Valor |
|---|---|
| Modalidad | SOLO VERI*FACTU |
El sistema solo puede utilizarse como sistema de emisión de facturas verificables: remite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de forma automática y sin intervención del usuario, todos los registros de facturación que genera. En consecuencia:
TipoUsoPosibleSoloVerifactu= S en todos los registros de facturación.TipoUsoPosibleMultiOT= S: el sistema puede dar servicio a varios obligados tributarios, cada uno con su instalación y su cadena independientes.- El sistema no dispone de modalidad «no VERI*FACTU», por lo que no genera registros de evento (art. 16 del Reglamento; FAQ de desarrolladores §15, nota 1), que solo son exigibles a los sistemas que admiten ambas modalidades.
4. Tipología y composición
Tipología: sistema informático de facturación multiusuario y multiobligado, explotado en la modalidad de software como servicio (SaaS) por el productor, con una instalación independiente por obligado tributario.
Composición:
- Núcleo de ejecución (runtime) — programa que integra el registro de usuarios y permisos, la identidad fiscal del obligado, la custodia del certificado electrónico y el despachador de operaciones. Es el componente que ejecuta el motor fiscal.
- Motor fiscal VERI*FACTU — componente propio del productor, integrado en el núcleo, que genera el registro de facturación, calcula la huella SHA-256 encadenada, compone el XML según los esquemas publicados por la AEAT, lo remite mediante TLS mutuo y gestiona la cola de reenvío ante incidencias.
- Módulos funcionales — facturación, ventas, punto de venta, impuestos y catálogo, entre otros. Se instalan por obligado tributario según sus necesidades y no intervienen en el cálculo de la huella ni en la remisión.
- Interfaz de usuario — aplicación web y aplicación instalable de escritorio y móvil, que son presentación del mismo sistema.
- Plano de control — servicio del productor que distribuye el certificado electrónico de remisión delegada y los datos identificativos del fabricante a las instalaciones.
5. Funcionalidades relevantes a efectos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003
- Registro de facturación por cada factura, generado automáticamente en el momento de su expedición, sin que su generación quede a decisión del usuario.
- Encadenamiento: cada registro incorpora la huella del registro anterior de la misma instalación y obligado, de modo que cualquier alteración u omisión posterior es detectable.
- Integridad e inalterabilidad: los registros no se modifican ni se borran; las correcciones se practican mediante registros de subsanación y facturas rectificativas, que quedan encadenados.
- Trazabilidad y conservación: se conservan los registros y el XML efectivamente remitido.
- Remisión automática a la AEAT de todos los registros, con cola de reenvío ante falta de conexión o incidencia, hasta su remisión efectiva. No es posible que un registro generado quede sin remitir.
- Legibilidad y accesibilidad de los registros conservados.
- Código «QR» tributario y mención «VERI*FACTU» en las facturas expedidas.
- Separación de entornos: los registros de prueba y los reales pertenecen a cadenas distintas y se remiten a sistemas distintos; el paso a producción es de un solo sentido.
- Accesos identificados: toda operación queda atribuida a un usuario identificado del sistema.
6. Características de la instalación
- Instalación por obligado tributario, con base de datos propia y aislada; cada instalación
posee un
NumeroInstalacionúnico e irrepetible, que no se reutiliza ni siquiera reinstalando. - Explotación: en la infraestructura del productor, en la Unión Europea. El obligado no precisa instalar componentes en sus equipos; la aplicación instalable es únicamente acceso al sistema y a los periféricos del punto de venta.
- Actualización: la realiza el productor; el obligado no puede alterar los componentes del sistema ni ejecutar versiones no publicadas por aquel.
- Certificado electrónico: la remisión se firma con el certificado del propio obligado tributario cuando este lo aporta y, en su defecto, con el del productor en su condición de colaborador social de la Administración tributaria, previo otorgamiento suscrito por el obligado.
- Conservación: los registros de facturación se conservan durante los plazos legalmente exigibles, con copias de seguridad periódicas y verificadas.
7. Declaración
ERPLORA CLOUD SL, con NIF B27593136, en su condición de productora del sistema informático de facturación ERPlora Hub, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que dicho sistema, en la modalidad SOLO VERI*FACTU y en la versión amparada por esta declaración, cumple lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su desarrollo reglamentario (RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024).
8. Versión amparada y vigencia
Esta declaración ampara la versión v1 del producto y las instalaciones que la ejecutan. Cada nueva versión del sistema lleva su propia declaración responsable, y todas se conservan (art. 13.3). El archivo completo, con esta y las anteriores, está disponible en el propio sistema y se entrega al cliente y al comercializador en el momento de la adquisición (art. 13.2).
9. Fecha y lugar de la firma (art. 13.4)
Coslada (Madrid), España — 2026-08-08.
Firmado por el representante legal de ERPLORA CLOUD SL.
Fuentes normativas
- RD 1007/2023, de 5 de diciembre, art. 13 (texto consolidado a 03/12/2025).
- Ley 58/2003, General Tributaria, art. 29.2.j).
- Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre (especificaciones técnicas).
- AEAT — «Certificación de los sistemas informáticos: declaración responsable» (act. 22/07/2026): no se requiere certificación por terceros ni registro previo del producto SIF.
- AEAT — FAQ de desarrolladores v1.3, de 04/12/2025: §4 (
IdSistemaInformaticolo asigna el fabricante) y §15 nota 1 (el registro de eventos solo es exigible en modalidad dual).